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Procesando...

ELECCIÓN JUDICIAL 2025:
ELECCIÓN POPULAR DE PERSONAS
JUZGADORAS Y MAGISTRATURAS

CONVOCATORIA

El 10 de enero de 2025 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Baja California la Convocatoria Pública General, para integrar e instalar los Comités de Evaluación que formarán los listados de las personas candidatas que participarán en la elección extraordinaria de las personas juzgadoras que ocuparán los cargos de Magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal de Disciplina Judicial, así como de Juezas y Jueces del Poder Judicial del Estado.

El 15 de enero de 2025, mediante acuerdo 2.01, el Pleno del Consejo de la Judicatura designó al Comité de Evaluación del Poder Judicial del Estado, quien publica la convocatoria para participar en el proceso de evaluación y selección de postulaciones, evalúa el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, e identifica a las personas mejor evaluadas.

El 20 de enero de 2025, el Comité de Evaluación del Poder Judicial del Estado de Baja California emitió la Convocatoria para las personas interesadas en participar en la evaluación y selección de postulaciones del Poder Judicial del Estado, en el marco del proceso electoral local extraordinario 2025.

Por lo que, se pone a su disposición las convocatorias referidas.


  • Convocatoria del Comité de Evaluación del Poder Judical del Estado de Baja California
  • Convocatoria Pública General del Congreso del Estado de Baja California


FECHAS RELEVANTES

15 de enero de 2025  
Conformación del Comité de Evaluación del Poder Judicial del Estado. 


Del 21 al 30 de enero de 2025  
Plazo para que las personas interesadas se inscriban para participar en el proceso de selección y postulación correspondiente. 


A más tardar el 09 de febrero de 2025  
El Comité verificará que las personas aspirantes que se hayan inscrito reúnan los requisitos constitucionales y legales de elegibilidad a través de la documentación que presenten. 


A más tardar el 09 de febrero de 2025  
El Comité integrará el listado de las personas que hayan cumplido con los requisitos constitucionales de elegibilidad. 


A más tardar el 24 de febrero de 2025  
El Comité identificará a las personas mejor evaluadas del cargo. 


A más tardar el 25 de febrero de 2025  
De resultar necesario, el Comité depurará dicho listado mediante insaculación pública para ajustarlo en materia de paridad de género al número de personas candidatas que postulará el Poder Judicial del Estado para cada cargo. 


A más tardar el 25 de febrero de 2025  
El Comité remitirá el listado definitivo de postulaciones al Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado para su aprobación. 


A más tardar el 03 de marzo de 2025  
Los listados aprobados serán remitidos por el Poder Judicial del Estado al Congreso del Estado. 


A más tardar el 07 de marzo de 2025  
El Congreso del Estado recibirá las postulaciones de cada Poder del Estado, incluidas las postulaciones comunes y remitirá los listados al Instituto Estatal Electoral de Baja California, a efecto de que organice el proceso electivo. 




REQUISITOS

Para ser electas personas Magistradas o Magistrados Numerarios y Supernumerarios del Tribunal Superior de Justicia, así como Jueza o Juez del Poder Judicial del Estado, se deberán cumplir los requisitos siguientes:

  • Ser ciudadana o ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
  • Contar al día de la emisión de la Convocatoria Pública General del Congreso del Estado, publicada el 10 de enero de 2025 en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, con título de licenciatura en derecho expedido legalmente y haber obtenido un promedio general de calificación de cuando menos ocho puntos o su equivalente, y de nueve puntos o su equivalente en las materias relacionadas con el cargo al que se postula en la licenciatura, especialidad, maestría o doctorado.
  • Contar con ejercicio profesional de la actividad jurídica de cuando menos tres años
  • Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena
  • Haber residido en el país durante el año anterior al día de la publicación de la Convocatoria Pública General emitida por el Congreso del Estado, publicada el 10 de enero de 2025 en el Periódico Oficial del Estado
  • No haber ocupado cargo de elección popular, ni haber ocupado cargo de dirigencia de algún partido político, o haber sido fiscal, persona titular de una secretaría o su equivalente de una dependencia o entidad de la administración pública federal, estatal o municipal, Consejero de la Judicatura no jurisdiccional, durante el año previo al día de la publicación de la Convocatoria Pública General emitida por el Congreso del Estado, publicada el 10 de enero de 2025 en el Periódico Oficial del Estado
  • No estar inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, y
  • Haberse distinguido por su honestidad, buena fama pública, competencia y antecedentes académicos relacionados con el ejercicio de la actividad jurídica.

Para ser electas personas Magistradas o Magistrados Numerarios y Supernumerarios del Tribunal de Disciplina Judicial se deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Ser ciudadana o ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles
  • Contar al día de la publicación de la convocatoria pública general emitida por el Congreso del Estado, publicada el 10 de enero de 2025 en el Periódico Oficial del Estado, con título de licenciatura en derecho expedido legalmente y haber obtenido un promedio general de calificación de cuando menos ocho puntos o su equivalente, y de nueve puntos o su equivalente en las materias relacionadas con el cargo al que se postula en la licenciatura, especialidad, maestría o doctorado
  • Contar con ejercicio profesional de la actividad jurídica de cuando menos cinco años
  • Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena
  • No estar inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público
  • Haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la publicación de la Convocatoria Pública General emitida por el Congreso del Estado, publicada el 10 de enero de 2025 en el Periódico Oficial del Estado
  • No haber sido Secretario de Estado o su equivalente, Fiscal General del Estado, Diputada o Diputado local, ni Gobernadora o Gobernador del Estado, durante el año previo al día de la publicación de la Convocatoria Pública General emitida por el Congreso del Estado, publicada el 10 de enero de 2025 en el Periódico Oficial del Estado
  • Haberse distinguido por su capacidad profesional, honestidad y honorabilidad en el ejercicio de sus actividades

En caso de necesitar ajustes razonables o medidas de accesibilidad, podrán acudir a los siguientes espacios habilitados:

Avenida Dr. Pedro Loyola No. 491, Carlos Pacheco, Ensenada, Baja California (Edificio Juzgados Civiles).

Calle Dr. Humberto Torres esquina con Avenida de los Pioneros sin número, Mexicali, Baja California (Edificio del Tribunal Superior de Justicia, Centro Cívico).

Avenida de los Charros No. 324, José Sandoval, Tijuana, Baja California (Edificio Juzgados Penales).

También podrán escribir al correo electrónico comiteevaluacionpoderjudicialbc@pjbc.gob.mx




www.pjbc.gob.mx